El Departamento de Educación tendrá como objetivo procurar las condiciones óptimas para el desarrollo del proceso educativo en los establecimientos de enseñanza a cargo de la Municipalidad y vincular este proceso a los objetivos del PLADECO. Será coordinado por el Director de Desarrollo Comunitario.-
Este Departamento asumirá como propias las siguientes funciones especificas:
a) Asumir la dirección administrativa de los establecimientos de educación Municipal, en conformidad con las disposiciones específicas.-
b) Promover los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para el normal desarrollo de las actividades educativas.-
c) Promover, programar y desarrollar cursos de capacitación para el personal docente y no docente de los servicios educacionales.-
d) Velar por el cumplimiento de los programas y las normas técnico-pedagógicas emanadas del ministerio de educación, en los establecimientos educacionales Municipales.-
e) Coordinar con organismos públicos y privados y en especial con Unidades Municipales, la elaboración y ejecución de programas escolares y extraescolares en la Comuna y que se coordinen con las necesidades educacionales para potenciar el desarrollo económico y social de la Comuna.-
f) Promover actividades para la educación de padres y apoderados que redunde en beneficio escolar.-
g) Coordinar con otros Departamentos de la Dirección de Desarrollo Comunitario a fin de apoyar el cumplimiento de las metas de desarrollo propuestas para a Comuna.- |