La Dirección de Obras Municipales tiene como objetivo procurar el desarrollo urbano de la comuna y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan las edificaciones en el territorio comunal.
Esta dirección tiene las siguientes funciones generales:
a) Asesorar en la elaboración de Proyecto del Plan Regulador Comunal y proponer sus modificaciones.
b) Velar por el cumplimiento de las disposiciones del PLADECO y de las ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto goza de las siguientes atribuciones:
1) Dar aprobación a subdivisiones de predios urbanos y urbano-rurales.
2) Dar aprobación al proyector de obras de urbanización y construcción, en general, que se efectúan en las areas urbanas y urbano-rurales. Ellas incluyen tanto obras nuevas como las ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos.
3) Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el número anterior.
4) Fiscalizar la realización de dichas obras.
5) Recibirse de las obras y autorizar su uso.
c) Aplicar normas legales y técnicas para prevenir el deterioro ambiental.
d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
e) Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural; la construcción de viviendas sociales e infraestructura sanitaria y la prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia.
f) Aplicar la Ley General de Urbanismo y Construcción de la comuna.
El Departamento de Urbanismo, Proyectos y Edificación tiene las siguientes funciones específicas:
a) Estudiar el Plan Regulador de la comuna y mantenerlo actualizado, propiciando las modificaciones necesarias para procurar la optima utilización de los espacios físicos en perspectiva del desarrollo integral de la comuna.
b) Revisar y emitir informe de los planos de subdivisión, loteo y urbanización, cautelando su estricta concordancia con las disposiciones del Plan Regulador y su ordenanza local.
c) Estudiar y aprobar, cuando proceda, los proyectos de construcciones de obras nuevas, de ampliación, reparación, transformación, demolición, etc. De las obras existentes.
d) Prevenir el deterioro ambiental exigiendo el cumplimiento de las normas existentes para tal efecto, en la revisión de proyectos.
e) Diseñar, implementar y mantener registros y control de los proyectos ingresados y que han sido aprobados.
f) Confeccionar proyectos de obras urbanas de adelanto comunales y de construcciones municipales.
g) Supervigilar las obras contratadas por la municipalidad.
h) Preparar los antecedentes para llamar a propuestas cuando corresponda.
i) Responder a consultas de carácter técnico efectuadas por el público, sobre exigencias legales y reglamentarias para construir y urbanizar.
j) Dirigir las construcciones, separaciones y transformaciones que debe efectuar directamente la municipalidad y confeccionar los procedimientos administrativos para los contratos que se celebren en la ejecución de las mismas.
k) Efectuar el cálculo de costo para las obras municipales que corresponda realizar.
l) Realizar las obras de mantención y reparaciones menores de los bienes municipales.
m) Estudiar y verificar el estricto cumplimiento de las disposiciones legales en los proyectos de obras y construcciones en la comuna.
n) Recibir las obras y autorizar su uso.
o) Mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización realizadas en la comuna.
p) Elaborar las bases y especificaciones técnicas de las propuestas para la contratación de obras municipales.
q) Mantener el alumbrado público y ornamental de propiedad municipal.
El Plan de Apoyo son servicios contratados por la municipalidad, dependiendo directamente del Departamento de Urbanismo, Proyectos y Edificación y tendrá las siguientes funciones especificas:
a) Ejecutar o contratar el aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna.
b) Ejecutar o contratar el servicio de extracción y disposición final de la basura domiciliaria.
c) Realizar o contratar la construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna.
d) Colaborar en la protección y defensa de las áreas verdes públicas y privadas de la comuna. |