La Secretaría Municipal tiene las siguientes funciones generales:
a) Dirigir las actividades de Secretaría Administrativa del Alcalde, del Concejo Municipal y del CESCO.
b) Desempeñarse como ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
Funciones Específicas:
a) Transcribir las Resoluciones del Alcalde, acuerdos del Concejo Municipal, acuerdos del CESCO y velar por su cumplimiento.
b) Redactar los Oficios, Decretos, Circulares y comunicaciones externas que se encomienden.
c) Elaborar y redactar material informativo, en general.
d) Firmar, bajo la Fórmula "por orden del Alcalde", resoluciones o decretos de mero trámite, que tenga relación con sus funciones, previa delegación del Alcalde.
e) Deberá registrar los acuerdos de cada reunión de la Unidad Técnica de Coordinación.
Oficina de Partes, Archivos, Decretos y Transcripciones:
a) Mantener constante flujo, control, archivo y conservación de toda la documentación que ingresa y egresa de la Municipalidad, proporcionando en forma rápida y expedita la información que se requiera para el accionar Municipal.
b) Confeccionar, transcribir y registrar decretos, resoluciones, órdenes de servicio y otros de acuerdo a los antecedentes del acto y ajustado a las normas vigentes.
Funciones Específicas:
a) Tener a cargo el trámite de ingreso, clasificación y distribución de la correspondencia oficial.
b) Elaborar y mantener registros clasificados de la documentación interna de la Municipalidad.
c) Mantener archivos actualizados de la documentación recibida y despachada por la Municipalidad.
d) Llevar y conservar el archivo central de la documentación oficial del Municipio, de acuerdo a las técnicas de conservación y clasificación existentes.
e) Confeccionar los decretos, resoluciones, órdenes de servicio y otros.
f) Transcribir los originales y distribuir los decretos y resoluciones.
g) Fiscalizar los plazos fijados en las resoluciones y decretos alcaldicios.
h) Mantener un registro correlativo de los decretos exentos.
Oficina de Secretaria de Concejo Municipal y del CESCO:
a) Levantar actas de las reuniones del Concejo Municipal.
b) Levantar actas del CESCO.
c) Transcribir los acuerdos del Concejo Municipal y del CESCO a los organismos Municipales que le conciernen para su cumplimiento. |